Según las características de la comunidad, podremos encontrarnos con diferentes posibilidades de comunidades energéticas: desde comunidades que se establecen en fincas de propiedad horizontal, hasta comunidades compuestas por socios conectados a una misma red de baja tensión o comunidades ya existentes en otros ámbitos (por ejemplo, comunidades de regantes, cooperativas agrícolas, etc.), pasando por núcleos de cohesión social, clústeres de equipamientos públicos o clústeres de empresas, entre otras.
Las comunidades energéticas también pueden tener alcances diferentes, y con ello, hacer uso de diferentes tecnologías, que pueden ir desde la compra agregada de servicios o equipos, hasta el autoconsumo compartido, pasando por la adaptación energética del edificio (en caso de propiedad horizontal) o la generación centralizada y suministro compartido de energía térmica.
Otra posible distinción entre comunidades energéticas es la que toma como base la conexión física entre los socios, encontrando por una parte las que disponen de la proximidad que permite una instalación donde se conecten físicamente todos los miembros (por ejemplo, una instalación fotovoltaica compartida entre los miembros de la comunidad) y, por otra parte, las que se basan en una relación virtual, estando conectadas a través de la red general (por ejemplo, caso de compras agregadas o relaciones basadas en balances contables eléctricos y/o monetarios que no requieren de una conexión física entre sus socios). En este último caso, cabe destacar que no permiten la optimización de potencia eléctrica de cada socio ni aplicar el concepto de comunidad a otras fuentes de energía renovable como la térmica, así como tampoco a la rehabilitación energética de edificios.