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Subvenciones, ayudas, incentivos y requisitos
Sí, es posible. De acuerdo con el apartado 8 del artículo 16 RD 477/2021: “Los destinatarios últimos de las ayudas reguladas en este real decreto, en el plazo máximo de dieciocho meses contados desde la fecha de la notificación de la resolución de concesión, deberán justificar la realización de la inversión”.